Listadosdemorosos.com nace para difundir información veraz y de calidad sobre la existencia y el funcionamiento de los listados de morosidad más conocidos de nuestro país y como afecta a nuestra vida el hecho de estar incluido en uno de ellos.

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Te ayudamos a salir de los ficheros de morosidad

Principales listados de morosos

En este listado podrás encontrar los principales ficheros de morosidad que operan en España. Existen algunos más pero son muy pocas las entidades que los componen y nuestra presencia en estos ficheros no suele tener muchas consecuencias. Para más información consulta nuestro blog.

Fichero de morosos ASNEF-EQUIFAX

  • Registro en el fichero de particulares y empresas.
  • Tipo de deuda registrada: pública y privada.

Fichero de morosos EXPERIAN

  • Registro en el fichero de particulares y empresas.
  • Tipo de deuda registrada: sólo privada.

Registro de riesgo: CIRBE

  • Registro registro de riesgo de particulares.
  • Tipo de riesgo: sólo privado.

Fichero de incidencias judiciales FIJ

  • Registro en el fichero de particulares y empresas.
  • Tipo de deuda registrada: sólo pública.

Condiciones para ser incluido en algún fichero de morosidad

Existen tres requisitos que debe reunir una deuda para poder incluirla en un listado de morosidad:

  1. Que exista una deuda cierta, vencida y exigible que haya sido impagada.
  2. Que se haya solicitado el pago de forma infructuosa, ósea, deben haberte reclamado que pagues.
  3. Que hayan pasado 90 días desde el primer impago.

¿Cómo saber si estoy en un listado de morosos?

Normalmente es suficiente con hacer una solicitud de crédito o intentar darse de alta en una compañía telefónica. En el primero de los casos, solicitar un crédito, si cumplimos todos los requisitos que la entidad requiere y aun así nos deniegan la solicitud, lo más probable es que nuestros datos aparezcan en un fichero de morosos. Si de igual manera, intentamos darnos de alta en una compañía telefónica y nos dicen que no, seguramente sea porque nuestros datos aparecen en algún fichero de morosidad. Incluso las compañías telefónicas, a menudo, no tiene problema en indicarnos que tenemos alguna incidencia con los listados de morosos.

Para asegurarse, estos ficheros tienen la obligación de decirnos que información poseen sobre nosotros, para esto solo debemos realizar una solicitud de acceso a la dirección que nos indica el fichero.

Si has recibido una carta por parte del fichero cuando te dio de alta, como debería hacer por ley, te habrán proporcionado un número de referencia con el que podrás hacer una consulta en la página web del listado de morosos que corresponda.

¿Son legales los ficheros de morosidad?

En el RGPD no existe una mención específica a los ficheros de morosos, pero la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) sí que recoge esta práctica llamando a estos ficheros “Sistemas de Información Crediticia”.
Los considera legales siempre y cuando se cumplan los requisitos expuestos anteriormente.
Las condiciones para ser incluido en los ficheros de morosidad.

¿Cuánto tardas en salir de los ficheros de morosos?

Hasta 6 años, contando desde cada uno de los vencimientos impagados.
Una práctica habitual de las empresas es vender la deuda a una empresa de recobro cuando se han cumplido este plazo, la empresa que adquiere la titularidad de la deuda renueva el plazo y puede volver a incluir nuestros datos otros 6 años.

¿Cuáles son las compañías que pueden incluirte en un fichero de morosidad?

Si quieres conocer las compañías que pueden incluirte en un fichero de morosidad puedes acceder a este listado.

Leyes que regulan los ficheros de morosidad

Los ficheros de morosidad están regulados por la “Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales” y el “REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos)”.

Si necesitas consultar estas leyes detalladamente, pincha en los siguientes enlaces:

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/632849-lo-3-2018-de-5-dic-proteccion-de-datos-personales-y-garantia-de-los-derechos.html

https://www.boe.es/doue/2016/119/L00001-00088.pdf

Contacta con nosotros en: info@listadosmorosos.com